GLOSARIO

Adjudicación

Procedimiento mediante el cual el Ministerio de Finanzas Públicas asigna las posturas aceptadas en una licitación para invertir en Bonos del Tesoro de la República de Guatemala.

Agente de Bolsa

Los Agentes son personas jurídicas que, actuando como miembros de una Bolsa de Valores, se dedican a la intermediación con valores, mercancías o contratos conforme a las disposiciones de la ley. También se les conoce como "Casas de Bolsa".


Base de Cálculo 30/360

Convención resuelta por el emisor de valores para calcular el número de días que han pasado a fin de calcular el interés devengado en una operación financiera.

Bonos del Tesoro de la República de Guatemala

Títulos valores de deuda de largo plazo emitidos por la República de Guatemala por medio del Ministerio de Finanzas Públicas.

Bolsa de Valores o Bolsa de Comercio

Instituciones de derecho mercantil que tienen por objeto la prestación de servicios para facilitar las operaciones bursátiles. Sus miembros son los Agentes de Bolsa. Las Bolsas de Valores no tienen relación de naturaleza alguna con los inversionistas clientes de los Agentes de Bolsa. De momento, en Guatemala existe Bolsa de Valores Nacional, S.A. como única Bolsa de Valores inscrita en el Registro del Mercado de Valores y Mercancías.


Central de Valores

Entidad que tiene por objeto la custodia, registro, liquidación y administración de valores físicos y desmaterializados que se negocian principalmente en una Bolsa de Valores. De momento, en Guatemala existe Central de Valores Nacional, S.A. como única Central de Valores designada por una Bolsa, inscrita en el Registro del Mercado de Valores y Mercancías

Comisión

Cantidad cobrada por una parte, en compensación por la realización de transacciones comerciales; esta corresponde a un porcentaje sobre el importe de la operación.

Constancia de Adquisición

Documento ordenado por el artículo 58 de la Ley del Mercado de Valores y Mercancías que acredita que valores representados por medio de anotaciones en cuenta han quedado registrados en el libro auxiliar correspondiente a nombre de su titular. Dicha constancia no es negociable.

Constancia de Titularidad

Documento ordenado por el artículo 64 de la Ley del Mercado de Valores y Mercancías que acredita la legítima titularidad de valores representados por medio de anotaciones en cuenta, para efectos del ejercicio de los derechos derivados de los mismos. Estas constancias no surtirán más efectos que el acreditamiento de la titularidad; serán expedidas a favor de persona determinada y no serán negociables, circunstancia ésta que deberá ser consignada con caracteres notoriamente visibles.

Cupón

Se denomina así a cada pago de intereses a que tiene derecho el inversionista de un título valor. El término proviene de los antiguos títulos físicos, de los cuales se solía recortar un cupón para cobrar los dividendos o derechos.

Custodia

El servicio que presta la Casa de Bolsa a su cliente -por sí o por intermedio de un tercero- a título gratuito u oneroso, para el cuidado y conservación de los valores y/o fondos.


Democratización

Iniciativa del Gobierno de la República para el desarrollo del mercado secundario de valores públicos que busca que personas individuales (definidas como pequeños inversionistas) puedan invertir en valores gubernamentales representados mediante anotaciones en cuenta acorde a su capacidad financiera, a través de Agentes de Bolsa y Bancos utilizando sistemas informáticos provistos por Bolsa de Valores Nacional, S. A. y Central de Valores Nacional, S. A., ampliando así la base de inversionistas del Estado.

Denominación

Mínima cantidad nominal incremental de un valor.

Días Corridos

Días transcurridos del cupón vigente.


Fecha de Vencimiento

Criterio estandarizado bajo el que se colocan los Bonos del Tesoro , por lo que el plazo real de la inversión depende de la fecha en que se lleve a cabo la liquidación de los valores que resulten adjudicados en una licitación o aceptados en una orden.


Incentivo

Beneficio aplicable a los Bonos del Tesoro ofrecidos al pequeño inversionista únicamente en el mecanismo de licitación en Bolsa, con el fin de incentivar la participación en las mismas y, por ende, la óptima formación del rendimiento o del precio del valor. El Acuerdo Gubernativo 223-2017 establece que la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Finanzas Públicas podrá establecer como incentivo ya sea una prima sobre el rendimiento (no mayor del 0.15%) o un descuento con relación al precio determinado equivalente de hasta 0.15% en términos de la tasa de rendimiento. Dicha prima o descuento, en todo caso, se otorga en referencia al corte de cada licitación.

Intereses Corridos

Son los intereses devengados durante el cupón presente, ya sea desde la fecha de emisión estandarizada o desde la fecha de pago del último cupón, hasta el momento de compra o valoración.

IVE

Intendencia de Verificación Especial a cargo de la Superintendencia de Bancos (SIB), una unidad de carácter administrativo organizada contra el delito de lavado de dinero u otros activos y para prevenir y reprimir el delito de financiamiento del terrorismo.


LBTR (LIQUIDACION BRUTA EN TIEMPO REAL)

Mecanismo automatizado que, mediante procesos transparentes, eficientes y seguros, permite a los participantes liquidar electrónicamente en forma bruta y en tiempo real, sus operaciones en moneda nacional y en moneda extranjera. El sistema LBTR en Guatemala se encuentra a cargo del Banco de Guatemala.

Licitación

Sistema de negociación competitivo mediante el cual se ofertan Bonos del Tesoro de la República de Guatemala, por medio de las bolsas de comercio autorizadas para operar en el país.


Mercado Primario

Mercado en donde los valores se negocian por primera vez y, por ende, donde el emisor recibe los fondos correspondientes.

Mercado Secundario

Mercado en donde los valores que ya cuentan con un propietario se negocian entre este y otro nuevo adquirente y entre este y los subsecuentes adquirentes a través de intermediarios bursátiles. En este mercado se determinan los precios de los títulos que se transan en él.

Monto a Liquidar

Monto de dinero a pagar al Agente de Bolsa por la adquisición en Mercado Primario de Bonos del Tesoro de la República de Guatemala


Pequeño Inversionista

Persona Individual que podrá invertir hasta Q.500,000.00 en mercado primario para el ejercicio fiscal que corresponda. El monto mínimo de inversión por pequeño inversionista será de Q.10,000.00 y en subsecuentes montos de Q.1,000.00 hasta llegar al máximo.

Postura

Propuesta efectuada por el postor a través de su intermediario para participar en una licitación, que contiene las características financieras con las cuales desea invertir en Bonos del Tesoro de la República de Guatemala.

Precio

Valor actual de los flujos de efectivo esperados de una inversión en Bonos del Tesoro de la República de Guatemala, calculado con base en el rendimiento que se obtendría al vencimiento.

Precio Limpio

Es el precio porcentual de los títulos sin incluir los intereses corridos. Este se obtiene en función del rendimiento propuesto de la inversión.

Precio Sucio

Es el precio porcentual que los títulos tendrán, incluyendo los intereses corridos.


Rendimiento

Flujo de fondos generado por una inversión.


Subasta Holandesa

Las subastas son sistemas que permiten determinar el precio de un producto o servicio que los demandantes están dispuestos a pagar como máximo, acercándose por lo tanto a la situación ideal del mercado. En el caso de la subasta holandesa, la adjudicación se hace a un único corte que aplica a todas las posturas adjudicadas, en contraposición a la subasta tradicional en la que se asigna dentro de un rango, a distintos precios según lo solicitado por los oferentes adjudicados.


Valor

Se entiende por valores todos aquellos documentos, títulos o certificados, acciones, títulos de crédito típicos o atípicos, que incorporen o representen según sea el caso, derechos de propiedad, otros derechos reales de crédito u otros derechos personales o de participación. Los valores podrán crearse o emitirse y negociarse a cualquier título mediante anotaciones en cuenta.

Valores representados mediante
Anotaciones en Cuenta

Valores desmaterializados, es decir, que no cuentan con un título físico que los represente y, por tanto, constituidos en un registro electrónico a cargo de uno o más consignatarios. Se encuentran regulados por la Ley del Mercado de Valores y Mercancías.

Valor Nominal

Valor asignado a un título que es asignado por un emisor, es decir, que se encuentra expuesto de manera explícita en el texto del propio título y/o en los documentos que lo originan.